Cada persona puede elegir en qué Fondo invertir sus ahorros. Sin embargo, la ley¹ establece ciertas restricciones a la hora de invertir en tu Cuenta Obligatoria. ¿Por qué? Porque a medida que te acercas a la edad de jubilación, tienes menos tiempo para recuperar ciertas bajas que puedas tener en tus inversiones.
A continuación, te contamos un poco más
¿Y si ya estoy pensionado?
Si ya estás pensionado, no podrás elegir los Fondos A y B, pero podrás optar entre los fondos C, D y E para invertir tus ahorros.
Importante: La Ley aplica solamente para cuentas de ahorro obligatorio, no para ahorros voluntarios que puedas tener. Tampoco para aquellas personas que cumplan los requisitos para recibir pensión anticipada. Estas personas podrán elegir entre los 5 Multifondos sin importar su edad.²
¿Qué pasa si no elijo un Multifondo?
Si no eliges un Fondo al ingresar a tu AFP, la ley determina el fondo adecuado acorde a tu edad. A continuación, puedes revisarlo:
¿Por qué existen estas restricciones?
Mientras más cerca te encuentres de cumplir la edad legal de pensión (60 años en el caso de las mujeres y 65 años en los hombres) tus ahorros previsionales tendrán menos tiempo para recuperarse en el caso de que hayan experimentado fluctuaciones o caídas de mercado.
(1) Establecido en DL 3500, de 1980
(2) Para más información visite el sitio web de la Superintendencia de Pensiones spensiones.cl